lunes, 23 de febrero de 2015

Clarificar la deuda

Ya son varios los textos que he escrito referidos a la "deuda pública", los últimos con ocasión del fin inminente del segundo rescate a Grecia y los problemas anexos a dicha situación.
Ya he comentado a ese respecto la imposibilidad del pago real de ciertos niveles de deuda [como el de Grecia  = 137% PIB, creo] y la distinción clásica e importante entre "deuda perpetua" y "deuda amortizable".
Llegado a este punto creo que todos los estados deberían asumir la realidad y clarificar tanto la finalidad en origen de su deuda emitida,  como su auténtica realidad.
¿ A que me refiero ?, pues a que todos los estados, desde EE.UU. hasta Grecia, aunque digan que amortizaran su deuda lo que realmente hacen es emitir una nueva deuda, con cuyos fondos amortizan otra anterior, en un ciclo continúo y creciente.
Por lo tanto creo que seria bueno distinguir desde su nacimiento dos tipos de deuda:
  1. Una que se emitiese para financiar actos económicos reales, o sea inversiones plurianuales capaces de generar rendimientos continuos, bien para ese estado o para esa sociedad, y que por lo tanto serían capaces de generar retornos directos o indirectos, que justificasen el compromiso firme de amortizar dicha deuda en plazos concretos y firmes.
  2. Y esa otra deuda, que hasta ahora solo sirve para cubrir el déficit fiscal, Esta se convertiría prácticamente en "perpetua", pagando permanentemente sus intereses y quedando su posible amortización {que no pasaría de ser parcial}, a la discrecionalidad de que el "estado emisor" dispusiese de algún ejercicio con "superávit fiscal". 
Los tenedores de este segundo tipo de deuda, solo recuperarían su inversión, [con plusvalía o minusvalía], mediante el "mercado secundario" o sea, vendiéndolas en la bolsa. A tal fin el "estado emisor" podría crear una "caja de amortización".
Esta "caja de amortización", se la dotaría con una cierta cantidad inicial y se dedicaría a comprar títulos en la bolsa, cuando estos estuviesen por "debajo de la par", percibiría los intereses de los títulos que tuviese en su poder y podría venderlos en bolsa, cuando estuviesen por "encima de la par", o en general por "encima del precio a que los hubiese comprado". De esta manera dicha "caja" favorecería la liquidez de los títulos sin coste para el "estado emisor" Y en conjunto se hacían innecesarias buena parte de las emisiones, aunque los "ratios" de endeudamiento serían sensiblemente idénticos, pero en unos mercados notablemente mas claros en cuanto a la verdadera solvencia de las emisiones y el riesgo que estas conllevan para los tenedores.

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