domingo, 2 de febrero de 2014

Sobre las pensiones

Desde hace unos cuantos años, de  forma insistente se han producido campañas que pretenden insertar en el ánimo de todos dos cosas:
  1. Que nuestro sistema de pensiones de la Seguridad Social no será sostenible a un plazo más o menos próximo, y
  2. Que debemos complementar nuestra futura pensión, con un Plan Privado de Pensiones
Paralelamente se legislo de la siguiente manera:
  1. Se regulo la creación de Planes de Pensiones { de tipo privado y capitalización }, con una fiscalidad atractiva { deducción en las bases del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y tributación solo parcial al rescatar el Plan }.  
  2. En una segunda fase, se disminuyeron las ventajas fiscales de los Planes de Pensiones, especialmente en lo concerniente a su rescate, de tal manera que ahora sus tenedores se ven constreñidos a dejar sus ahorros en poder de los Fondos de Pensiones de forma indefinida.
  3. Y mas recientemente se ha procedido a una reforma del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.
Esta reforma entro en vigor el 1 de enero del 2013 y afecta a tres aspectos:
  1. Aumenta progresivamente la edad legal para poder solicitar una pensión de jubilación con el 100% de prestación económica.
  2. Aumenta el número de años cotizados necesarios para tener derecho a dicho 100% de pensión.
  3. Aumenta el número de años que se tendrán en cuenta para el cálculo de dicha pensión. 
Todas estas modificaciones se han presentado bajo el razonamiento de que se hacen para garantizar la sostenibilidad de dichas pensiones, ¿ pero cual es el efecto real e inmediato ?, veamos primero un cuadro que nos determina con detalle el punto "3" { años que se tienen en cuenta para el cálculo de la pensión }.
Cálculo de la pensión de jubilación según la reforma en vigor desde el 1 de enero 2013
Desde el año
Nº años a computar
bases cotización
Divisor
2012
15
180
210
2013
16
192
224
2014
17
204
238
2015
18
216
252
2016
19
228
266
2017
20
240
280
2018
21
252
294
2019
22
264
308
2020
23
276
322
2021
24
288
336
2022
25
300
350

El procedimiento de cálculo sigue siendo: 
 ∑ {Bases de los años que se computan 12*nº años que se computan / 14*nº años que se computan}
En el numerador se suman mes a mes, las bases mensuales de cotización, con la siguiente distinción:
  • Las veinticuatro últimas ( o sea las de los dos últimos años ), se toman por su nominal, pero todas las anteriores se multiplican por un coeficiente que no puede ser inferior a uno ( 1 ), con lo que se pretende deflactar su valor compensado así el efecto de depreciación de la moneda por el incremento de los precios.
Como vemos en el cuadro hasta el año 2012, se calculaba con 15 años y desde el 2013 empieza a incrementarse hasta alcanzar el año 2022 un total de 25 años, si las bases fuesen siempre iguales, el cuadro seria indiferente puesto que nos seguiría dando los mismos valores, pero como las bases siempre se han actualizado año a año, el aumentar los meses de computo y de división si tiene consecuencia.
Vamos a hacer un pequeño ejemplo, imaginamos cual sería el cálculo para dos personas que hubiesen obtenido la pensión con efecto de:
  • diciembre de 2012
  • enero de 2013
A la primera le calcularemos con las cotizaciones entre los años 1998 al 2012 y a la segunda desde el 1987 al 2012, como si esta se hubiese producido el año 2022, de tal forma que se manifiesta el efecto de computar 25 años en vez de 15. En ambos casos he tomado las bases de una persona afiliada al Régimen General y en una categoría profesional que no es de jefatura o similar.
Años que se computan
bases cotización
Divisor
Pensión
15
489.798,84
210
2.332,37
25
662.938,29
350
1.894,11
Como vemos a este hipotético pensionista, la variación en el número de años computados hace que se evapore de su pensión 438,26 euros; que en realidad serán algo menos porque no he aplicado coeficientes multiplicadores a las bases, no obstante aún aplicados estos, seguirá perdiendo.
Hemos visto una aproximación a la repercusión que el aumento de años computados tendrá en nuestra pensión, pero además otro punto de la reforma es el que determina el pasar la edad de jubilación de forma progresiva de los 65 años vigentes hasta diciembre del 2012 a los 67 que se alcanzaran el 2027. Esto conlleva que progresivamente toda la población ira perdiendo años de cobro de pensión, por lo tanto la Seguridad Social dejará de pagar DOS AÑOS DE PENSIÓN a cada pensionista, esto con los valores por ejemplo del año 2013 representaría lo siguiente:
Pensión mínima año 2013
631,30 x 14 pagas x 2 años
17.676.40 euros
Pensión máxima año 2013
2.548,12 x 14 pagas x 2 años
71.347,36 euros
A esto hay que añadir lo que la Seguridad Social percibiese como cotizaciones durante esos dos años, tanto del trabajador como de la empresa, lo que en cifras redondas sería mas o menos un 26,60% del salario percibido.
Por último quedaría calcular la repercusión del último punto, el que aumenta el número de años que hay que cotizar para tener derecho al 100% de pensión, esto lo omito porque es indudablemente muy complejo, pero si que es fácil de ver, que quienes están ahora intentando ( que casi nunca consiguiendo ) acceder a un puesto de trabajo ( que siempre es temporal y fragmentario ), van a tener mucha dificultades para que dentro de 40 años puedan haber acumulado los años suficientes, lo que conllevará para ellos otra rebaja en su pensión, además de las aquí comentadas.

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